La nómina es una obligación legal, todos los patrones están obligados por ley a tener el registro de todos los conceptos de pago, bonificaciones y deducciones aplicadas a todos sus empleados.
Esta obligación se rige mediante las siguientes leyes mexicanas:
Ley Federal del Trabajo:
Esta ley establece las obligaciones que tienen los patrones respecto al salario de los trabajadores, se detallan aspectos como:
- Salarios: Integración de salarios, salarios mínimos, normas protectoras y privilegios del salario.
- Recibos de pago: Se establece que se deberá entregar a todos los empleados sus recibos de pago en forma impresa o por cualquier otro medio donde puedan consultar esta información de manera detallada.
- Obligaciones con documentos: Es obligación del patrón conservar y exhibir en juicio los documentos:
- Listas de raya o nómina de personal o recibos de pagos de salarios;
- Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social.
- Sanciones: Indica las sanciones a las que se haría acreedor los patrones en caso de incumplimiento de esta ley.
- Artículo 1000.- El incumplimiento de las normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de trabajo, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Ley del Seguro Social:
El artículo 15 de la Ley del Seguro Social establece las obligaciones de los patrones con sus empleados, se especifican obligaciones como:
- Registro e inscripción de sus trabajadores en el Instituto.
- Registros de nóminas y listas de raya.
- Determinación de cuotas: Determinar las cuotas obrero patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto.
- Entrega de información: Toda la información a deberá proporcionarse al Instituto en documento impreso, o de cualquier otra naturaleza, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos.
- Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: Cumplir con las obligaciones que impone el instituto, con las demás disposiciones de esta Ley y sus reglamentos
- Sanciones: El patrón deberá cubrir créditos que se hicieran exigibles, la actualización y los recargos correspondientes, sin perjuicio de las sanciones que procedan por incumplimientos.
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores:
En el artículo 29 de esta ley se establecen las obligaciones de los patrones:
- Registro e inscripción de sus trabajadores en el Instituto.
- Determinación de monto de las aportaciones: cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto.
- Descuentos a trabajadores en sus salarios: El pago del crédito se descontará de su nómina, ya sea mediante un porcentaje de su salario o a través de una cuota fija mensual.
Realizar una nómina que cumpla con lo establecido en las leyes ayuda a la buena organización y rentabilidad de una empresa. Además, evita ser sujeto a una revisión o sanción, por esta razón, el control y administración de nómina es muy importante y debe estar en manos de expertos debido a las implicaciones directas que tiene con impuestos, leyes y reglamentos.
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